PROBLEMAS CON LOS ALQUILERES DE INMUEBLES URBANOS
Una
de las consultas más habituales en los bufetes de Abogados sin duda, son las efectuadas por propietarios de
viviendas o locales arrendadas que presentan problemas con sus inquilinos.
Hay
que mencionar que la Ley 29/94 de Arrendamientos Urbanos nos permite solicitar
la finalización y rescisión del contrato de arrendamiento y recuperar la posesión de los inmuebles arrendados cuando
concurran alguno de los siguientes supuestos: - Impago de las rentas mensuales
u otras cantidades asimiladas ( Basuras, suministros, etc). / - Subarriendo o
cesión sin consentimiento del arrendador. / - Por actividades Molestas,
nocivas, insalubres, peligrosas o ilícitas. / - Cuando el inmueble deje de
estar destinada a su uso. / - Cuando el inquilino esté en la vivienda o local sin
título o contrato alguno (precario).
Una
vez finalizada sin éxito la vía de negociación y amistosa con los
arrendatarios, es necesario destacar que través de la vía judicial y siguiendo
el proceso marcado por la Ley de Enjuiciamiento Civil, podemos obtener una
solución a los problemas existentes.
Siempre
es conveniente que consulten con un Abogado especialista en la materia, para
que una vez estudiada y revisada la documentación existente se ejercite la
acción judicial más conveniente para cada caso.
Lleida,
Julio de 2.017.
Santiago
Chico Balcells
ICALL
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